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Después de amistosas consultas basadas
en los principios de igualdad y mutuo beneficio de BRASIL (‘Parte A’) y PERU (‘Parte B’)
han acordado firmar esta Carta de Intenciones para dejar registro del
entendimiento alcanzado durante el proceso de negociación y para indicar su
predisposición para continuar con las negociaciones y posterior relación
contractual.
1. Esta Carta de Intenciones está
fechada el día 16 de enero de 2013.
2. La Parte A acepta que la Parte B tiene
el producto y la capacidad de comprometerse a la COMPRA-VENTA. Con el
propósito de proveer del siguiente producto a la Parte A: .TARA EN POLVO.
3. Las partes aceptan que en las
negociaciones entre la Parte A y la Parte B se ha alcanzado un alto grado de
entendimiento en lo referente a los productos requeridos por la Parte A y
la capacidad de la Parte B de proveerlos.
4. Las partes acuerdan continuar sus
negociaciones durante los próximos 6 MESES con el objetivo de alcanzar un
acuerdo para la compraventa del producto
5. Un acuerdo en la negociación
comprometería a la Parte B para facilitar una prueba del suministro de su
producto. Por su parte, la Parte A se vería comprometida a facilitar una
prueba del pago por la compra del producto en el documento acordado en EL
CONTRATO COMPRA VENTA
6. Las partes aceptan que cualquier
transacción no procederá a menos que los Directores/Gerentes de cada una de
las partes o el respectivo Consejo dé su aprobación expresa al clausulado y
condiciones propuestas para la operación.
7. Si la operación se llevase a cabo en
PERU se haría de acuerdo a la Legislación vigente del mismo país.
8. Las partes aceptan concretar las condiciones de cada parte en cuanto a
forma y negociación del crédito para establecer un acuerdo en cuanto a la
calendarización de la compraventa y entrega del producto.
Firmado por: TARAEXPORT S.A.
En representación de:
JOSE ALBERTO DENEGRI.
Firmado por: PLANALQUIMICA COMERCIO LDTA
En representación de EDWARD NUÑEZ DEL
ARCO.
*Este Contacto es un modelo. En ningún caso debe ser tomado como única
referencia. Le recomendamos consultar con un especialista en la materia
para la redacción y firma de contratos con sus clientes.
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